Pasos a seguir en caso de un siniestro
Accidentes de tránsito: vehículos automotores y remolcado
En caso de un eventual siniestro, deberá tomar las siguientes acciones inmediatas
a) SI HAY HERIDOS
Brindar asistencia a las personas lesionadas.
Llamar en forma inmediata a la Policía.
Quedarse en el lugar del accidente hasta que se presente la autoridad competente.
Llamar en forma inmediata a su asegurador a efectos de realizar la denuncia del siniestro. Esta se encargará de realizar las diligencias correspondientes y brindarle información sobre los pasos a seguir.
En caso de que su aseguradora no concurra, anote los datos de la persona con quien chocó:
- Nombre completo
- Documento de identidad
- Domicilio
- Teléfono
- Datos del vehículo
- Compañía aseguradora (si se trata de un extranjero, procurar dentro de lo posible una fotografía de su carta verde)
- Nombre del titular del seguro
Una vez que ingrese el siniestro en la compañía aseguradora, esta actuará para realizar la liquidación correspondiente.
b) SI NO HAY HERIDOS
Llamar en forma inmediata a su asegurador para realizar la denuncia del siniestro.
Si su asegurador, ante su llamada le comunicó que concurriría con un móvil al lugar del siniestro, siempre que la circulación no quede obstruida y tomando las medidas de señalización adecuadas, se recomienda no mover los vehículos hasta tanto el móvil haya llegado al lugar.
Siempre es conveniente intercambiar los datos personales entre los conductores involucrados:
- Nombre completo
- Documento de identidad
- Domicilio
- Teléfono
- Datos del vehículo
- Compañía aseguradora (si se trata de un extranjero, procurar dentro de lo posible una fotografía de su carta verde)
- Nombre del titular del seguro
Se recomienda encender las balizas para señalizar el accidente y mantener las luces del vehículo encendidas.
Teléfonos de las compañías ante cualquier siniestro
- BSE: 1994
- BERKLEY: 08008542
- HDI: 08002777
- PORTO: 24878616
- SURA: 08008120
- SURCO: 08001320
- SANCOR: 08008500
- SAN CRISTOBAL: 08008831
Robo e incendio
En caso de hurto o incendio, realice primero la denuncia policial y luego llame a su aseguradora.
Siniestros con personas lesionadas o fallecidas
En caso de accidentes que involucren personas lesionadas o fallecidas auxilie al accidentado, llame a su aseguradora y luego realice la denuncia policial.
Seguro de vida
En caso de verificar el fallecimiento de una persona con un seguro de vida, se deberá comunicar tal información a la aseguradora y concurrir con la documentación solicitada para realizar el análisis correspondiente y determinar el pago de la indemnización.
Seguro de Hurto, Hurto e Incendio o Hurto, Incendio y Responsabilidad Civil (Seguros de Hogar)
EN CASO DE HURTO TOTAL, PARCIAL O INTENTO DE HURTO
Inmediatamente de advertido un hurto, realizar de forma telefónica la denuncia, ante la Policía y ante su asegurador, especificando los daños que sufrió el hogar (objetos robados, roturas en la estructura que pudieren hacer vulnerable el mismo – rotura de puertas, ventanas, rejas, techos, etc).
EN CASO DE INCENDIO
Denunciar el siniestro inmediatamente en forma telefónica ante Bomberos y ante su asegurador.
Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (ADTEP)
Este seguro es obligatorio para todo patrón que tenga personal dependiente a su cargo; y sus disposiciones se encuentran en la Ley 16.074 del 10.10.1989. Se comercializa únicamente por el BSE, quien tiene el monopolio del mismo.
En Montevideo:
Si se trata de una urgencia o emergencia, traslade al trabajador inmediatamente al Hospital del BSE, ubicado en la calle José Pedro Varela 3420, entre Bulevar Batlle y Ordóñez y Madreselva (sector Urgencias). Si se trata de un accidente que no reviste mayor gravedad, dirigirse al Sector Admisión, para recibir asistencia.
Presente Denuncia Patronal a través del sitio web del BSE, menú: SERVICIOS –Accidentes Denuncia Patronal, dentro de las 72 hs
En el Interior:
Traslade al trabajador a un centro asistencial perteneciente a la Federación médica del Interior (FEMI).
Presente Denuncia Patronal a través de nuestro sitio web, menú: SERVICIOS – Accidentes Denuncia Patronal, dentro de los 5 días hábiles.
En el exterior:
Se procurará por parte del empleador o su representante, la asistencia médica inmediata, según lo requieran las circunstancias. Luego solicitar instrucciones al BSE, quien podrá determinar el traslado a otro centro asistencial, localidad o regreso al país del lesionado.
Denunciar el hecho en el Consulado Uruguayo, si la gravedad del caso lo amerita.
Antes de las 24 horas, se debe llamar al teléfono del BSE 25059010, internos 8527- 8528 Sector Urgencias, indicando el informe y el diagnóstico médico y el tratamiento dispuesto.
Los accidentes que el trabajador sufra cuando realice actividades por su cuenta por diversión, recreación, entretenimiento, viaje de placer, práctica de actividades físicas o deportes de cualquier tipo, sometimiento a situaciones riesgosas sin motivos laborales, etc., no se encuentran cubiertos por este seguro.
(Texto extraído de https://usuariofinanciero.bcu.gub.uy/)